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jueves, 20 de octubre de 2011

OP UD 54. La construcción de la Unión Europea.

OP UD 54. LA CONSTRUCCIÓN DE LA UNIÓN EUROPEA.

INTRODUCCIÓN.

1. EL PROCESO DE CONSTRUCCIÓN.
1.1. ANTECEDENTES.
1.2. LAS PRIMERAS INSTITUCIONES.
1.3. LOS TRATADOS DE PARÍS DE 1957.
1.4. LAS AMPLIACIONES.
1.5. LA INSTITUCIONALIZACIÓN (1972-1996).
INSTITUCIONALIZACIÓN HASTA 1986.
ACTA ÚNICA EUROPEA (1985).
TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA. MAASTRICHT (1992).
1) Política interior:
Más democracia.
Más eficacia.
Más solidaridad.
2) Política exterior.
TRATADO DE ÁMSTERDAM (1997).
TRATADO DE NIZA (2000).
LA CONVENCIÓN EUROPEA.
LA ACTUALIDAD.
1.6. LOS RETOS DE LA UNIÓN EUROPEA.
LA DEMOCRATIZACIÓN.
LA COHESIÓN SOCIAL Y ECONÓMICA.
La política económica de la integración.
EL EURO.
La Unión Económica y Monetaria: el euro.
LA POLÍTICA EXTERIOR.
La política de defensa y seguridad.
LA AMPLIACIÓN HACIA EL ESTE.
La ampliación.

2. INSTITUCIONES COMUNITARIAS.
CONSEJO EUROPEO.
PARLAMENTO EUROPEO.
CONSEJO DE MINISTROS.
COMISIÓN EUROPEA.
TRIBUNAL DE JUSTICIA.
OTROS ÓRGANOS DE APOYO.

INTRODUCCIÓN.
El estudio del proceso de construcción de la Unión Europea (UE), siempre inacabado, es útil porque es un fenómeno histórico de extraordinaria importancia, no sólo para nosotros, que formamos parte de ella, sino también para los pueblos de Europa y del mundo, porque es el modelo más exitoso de la historia contemporánea de progresiva integración entre Estados distintos. El historiador Hugh Thomas la considera la “auténtica obra maestra de la política del siglo XX”.
Estudiaremos aquí el proceso histórico de creación de la UE, las instituciones actuales y los retos del presente y del futuro, con especial énfasis en la creación del euro. Pero no analizaremos las políticas comunes, cuyo estudio corresponde mejor al tema de la UE en la materia de Geografía, ni tampoco el proceso de integración de España.

Un resumen.
La UE tiene en 2011 una superficie de 4.324.782 km² y una población de 511 millones de habitantes, con una alta densidad de 114 hab./km². Realiza el 40% del comercio mundial y es el mayor mercado capitalista y, junto a EE UU y Japón, uno de los tres grandes pilares del mundo desarrollado.


Mapa de los Estados miembros más los candidatos en color azulado.

La UE es una organización europea regional, con voluntad federalista, pese a las reticencias de algunos países miembros. Las dificultades de la integración europea son evidentes, incluso contando con el empuje del Tratado de Maastricht, como se manifiesta en la formación en el seno de la UE de un núcleo duro (Alemania, Francia, el Benelux) y de un anillo periférico de países, los problemas de aplicación del tratado de Schengen (libre movimiento por las fronteras interiores), las crisis monetarias, las críticas por la falta de democracia interna de las instituciones, las dificultades para abrirse a los países del Este, las resistencias del Reino Unido a la Europa Social, la falta de una verdadera Política Exterior y de Seguridad Común (la ineficacia europea frente al conflicto yugoslavo es la terrible prueba), las oleadas alternativas de euroescepticismo y de euroeuforia...
Pero aun así, puede considerarse un éxito en los cuatro últimos decenios, con cuatro ampliaciones y unas mayores competencias de las instituciones comunes. Hoy continúa la fascinación por la UE, con nuevas integraciones, y la mayoría de los países del Este han solicitado la adhesión junto a varios países mediterráneos. La causa, es que la UE ha contribuido a que el último medio siglo haya sido el más largo periodo de paz, democracia y progreso de la historia de Europa y aparece como una garantía para el futuro.

1. EL PROCESO DE CONSTRUCCIÓN.
1.1. ANTECEDENTES.
La historia de Europa registra numerosos intentos de unión: el Imperio Romano Germánico durante la Edad Media y hasta Carlos V, Napoleón y su Imperio, junto con el desarrollo de teorías sobre unas instituciones comunes que garantizaran la estabilidad de las fronteras y la paz. Victor Hugo escribía en 1849 que un día todas las naciones del continente “se fundirán en una unidad europea, construyendo la fraternidad europea”.
En el siglo XIX hubo antecedentes monetarios. Una unión monetaria, basada en la paridad de las monedas de oro respectivas, fue la Unión Monetaria Latina, formada por Francia y Bélgica en 1830, a la que se unieron Suiza (1848), Italia (1861), Grecia y Bulgaria (1867), y, de hecho, Reino Unido y Alemania. La Primera Guerra Mundial acabó con la UML. La Unión Monetaria Escandinava (Suecia, Dinamarca, Noruega) existió entre 1870 y 1924. Bélgica y Luxemburgo mantienen una unión monetaria desde 1921.
La Sociedad de las Naciones y la experiencia de la I Guerra Mundial y, sobre todo, la de la II Guerra Mundial, alentaron las ideas europeístas.

1.2. LAS PRIMERAS INSTITUCIONES.
Los procesos de unión del Benelux (1948, con Holanda, Bélgica y Luxemburgo) y de los países escandinavos, tras la II Guerra Mundial, crearon precedentes institucionales y un núcleo de teóricos y políticos favorables a los procesos unitarios.
El Plan Marshall (del secretario de Estado norteamericano), anunciado en junio de 1947, fue un vasto plan de ayuda económica por los EE UU a la Europa Occidental, que le permitió superar la tremenda crisis de la posguerra. Europa (salvo España y Finlandia, además de los países socialistas) recibió 14.000 millones de dólares y se salvó de la amenaza comunista. Se creó entonces la Organización Europea de Cooperación Económica (OECE), encargada de distribuir la ayuda entre los 16 países europeos inscritos en el Plan, y que marcó el comienzo de la cooperación europea.
Pronto creció entre la opinión pública y los políticos la necesidad de que en Europa se produjera la integración económica en un mercado único y una mayor colaboración política, a fin de evitar la repetición de las guerras, desarrollar la economía y la sociedad, y que una Europa unida compitiera mejor entre las superpotencias de EE UU y la URSS.
Pronto comenzaron los primeros pasos.
El Consejo de Europa se creó en Londres (5-V-1949), con la participación de Gran Bretaña, Italia, Francia y Bélgica. Era una institución de diálogo y cooperación política, que a lo  largo de los años ha reunido a todas las democracias del continente y ha constituido un eficaz foro.
La Comunidad Europea para el Carbón y el Acero (CECA) fue fundada en el Tratado de París (18-IV-1951), con los seis países (Francia, Alemania, Italia, Holanda, Bélgica y Luxemburgo) que lanzarían el Mercado Común más tarde, auspiciada por los “padres de Europa” (Monnet, Schumann, De Gasperi, Adenauer, Spaak...). La idea surgió el 9-V-1950, cuando el ministro francés de Asuntos Exteriores, Robert Schuman, pronunció un discurso, inspirado por el alto funcionario Jean Monnet, proponiendo un plan de unión de los recursos de carbón y acero de Francia y Alemania, en una organización abierta a otros países europeos. Konrad Adenauer (1876-1967), canciller alemán (de la RFA) tras la II Guerra Mundial, promovió la idea con entusiasmo, en parte porque le permitía romper el aislamiento de la derrotada Alemania. La CECA fue el máximo impulsor de la integración económica, política y militar de la Europa destruida tras la guerra. Los resultados económicos fueron tan excelentes que se potenció el siguiente gran paso hacia una unión más estrecha.
Pero antes se sufrieron varios varapalos, siempre por causa del nacionalismo. Por ejemplo, la Asamblea francesa rechazó (30-VIII-1954) el proyecto de la Comunidad Europea de Defensa (CED), y Gran Bretaña se abstuvo de entrar en la anunciada CEE.
Se comenzó a negociar hacia 1955, cuando los ministros de Exteriores de los Seis acordaron en Mesina (1-VI-1955) encargar un informe para crear una unión económica y nuclear.

1.3. LOS TRATADOS DE PARÍS DE 1957.

La unión europea fue impulsada decisivamente por los Tratados de Roma (25-III-1957), que establecían la voluntad de seis Estados (Alemania Federal, Francia, Italia, Holanda, Bélgica y Luxemburgo) para crear entre ellos la Comunidad Económica Europea (CEE) y la Comunidad Europea de Energía Atómica (EURATOM). Su fin era la integración europea para evitar nuevas guerras y desarrollar la economía. Los Tratados de Roma entraron en vigor el 5-I-1958. Sus efectos fueron espectaculares: el comercio intracomunitario se multiplicó por seis entre 1958 y 1970, mientras que lo hacía por tres al resto del mundo; el PIB aumentó un 70%, en una era de prosperidad indudablemente asociada a la CEE y que concitó el interés de organizaciones de otros continentes por imitar el modelo, y de varios de los países de la EFTA por entrar en la CEE.
La CEE era un Mercado Común, un espacio europeo sin fronteras interiores, en el que pudieran circular libremente las personas, las mercancías, los servicios y los capitales, y que negociara con los otros países. Era un sistema original: ni federación ni simple cooperación entre Estados. Se creaban unas instituciones comunes: Parlamento Europeo, Consejo, Comisión y Tribunal de Justicia. Se coordinaban unas políticas comunes: Agricultura (PAC), Unión Aduanera, Política comercial, Transporte y Libre competencia. Para financiar lo anterior se desarrolló un Presupuesto Común y para regularlo se promulgó un Derecho propio.
La EURATOM creó un mercado común de la energía atómica: los materiales, las tecnologías...
El Reino Unido, aunque participó en las primeras negociaciones, se había negado a entrar en la CEE debido a sus reticencias a una futura Europa federal. Para no quedarse aislada promovió la creación (4-I-1960) de la Asociación Europea del Libre Comercio (EFTA), integrada por Reino Unido, Suecia, Noruega, Dinamarca, Suiza, Austria y Portugal. Era un acuerdo limitado al libre comercio, sin políticas comunes, sin una voluntad política de integración, por lo que fracasó a la larga.

1.4. LAS AMPLIACIONES.
A partir de esos inicios, la extensión de la Europa unida no ha cesado de aumentar, con la incorporación de nuevos miembros, en cinco ampliaciones: 1973, 1981, 1986, 1990 y 1995. Las condiciones eran dos: ser países europeos, ser democracias.
1973: Dinamarca, Irlanda y Reino Unido entraron el 1-I. Fue la más decisiva, porque superaba la rígida estructura inicial y abría el camino hacia otras ampliaciones. La ampliación se había atrasado por el veto de De Gaulle (27-XI-1967) a la entrada del Reino Unido, aunque Pompidou lo levantó (La Haya, 1 a 2-XII-1969). Noruega rechazó en un referéndum (1972) la entrada.
1981: Grecia.

1986: España y Portugal (firmaron el Tratado de adhesión el 12-VI-1985, que fue efectivo el 1-1-1986).
1990: la RDA se integró en Alemania (una adhesión encubierta a través de un Estado miembro), tras la caída del Muro de Berlín en 1989.
1995: la ampliación con Austria, Finlandia y Suecia, tras los referéndums (1994) en estos países, aunque Noruega lo rechazó en el último momento, por segunda vez. Suiza lo había rechazado en otro referéndum en 1992. En este momento integran la organización: Alemania, Francia, Italia, Países Bajos, Bélgica, Luxemburgo, Dinamarca, Irlanda, Reino Unido, Grecia, España, Portugal, Austria, Finlandia y Suecia.
2005: Polonia, Chequia, Eslovaquia, Hungría, Eslovenia, Lituania, Letonia, Estonia, Chipre y Malta.
2007: Rumanía y Bulgaria. Turquía aparece como candidato a largo plazo.
2013: Croacia.
Hay un acuerdo de libre comercio con el Espacio Económico Europeo (1992), integrado por algunos países que quedaban de la EFTA (Noruega, Islandia, Liechtenstein), salvo Suiza, que votó en contra. De hecho es una antesala de integración o un varadero para países que no tienen consenso interior para entrar en la UE.

1.5. LA INSTITUCIONALIZACIÓN (1972-1996).
INSTITUCIONALIZACIÓN HASTA 1986.
Durante los primeros tres decenios, se impulsaron las instituciones comunitarias y con la ampliación de sus competencias y políticas comunes (agraria, comercial, social, regional, programas estructurales de solidaridad, relaciones internacionales, etc.). Se armonizaron legislaciones, se reconocieron mutuamente normas, títulos y sistemas de control, se suprimieron muchos aranceles y contingentes interiores, en una enorme tarea política y legislativa.
No fue un proceso rectilíneo: el nacionalismo, los intereses encontrados, la ausencia de mecanismos para superar por mayoría los desacuerdos, etc., explican algunas crisis, la mayor de las cuales fue la de las “sillas vacías”: Francia se retiró (1-VII-1965) del Consejo de Ministros por un desacuerdo sobre la PAC, hasta que se aceptó en el Compromiso de Luxemburgo (28 a 30-I-1966) el principio de unanimidad para “los intereses muy importantes”.
Otras veces los Estados han amenazado con el poder de veto para alcanzar sus pretensiones. Pero, en definitiva, siempre se han encontrado fórmulas de compromiso, porque los intereses comunes eran muy superiores a las discrepancias.
Entre los avances institucionales destaquemos:
En 1963 comienza el papel internacional de la CEE, al firmar en Yaundé (Camerún) (20-VII-1963) un tratado de comercio y cooperación con las antiguas colonias europeas.
En 1967 entró en vigor un tratado que fusionaba los ejecutivos de las tres Comunidades (CECA, CEE y EURATOM), con un Consejo y una Comisión únicas, lo que abrió el camino a la Comunidad Europea (CE).
En 1968 se aprobaba la Unión Aduanera (1-VII-1968): se suprimían los últimos aranceles interiores y se aprobaba un Arancel Común (AC) para el comercio exterior fuera de los Seis.
En 1972 se crea la Unión Monetaria (24-IV-1972), llamada “serpiente monetaria”: se limitan a un 2,25% los márgenes de fluctuación de sus monedas frente al dólar. Hubo que reformarla varias veces, por las crisis financieras de los años 70.
En 1974 se crea el Consejo Europeo (9 a 10-XII-1974). Los nueve jefes de Estado y de gobierno deciden reunirse dos veces al año y proponen elegir un Parlamento Europeo por sufragio universal. A partir del 1-I-1975 cada Estado miembro ejercerá la presidencia por rotación.
En 1975 se crea la Conferencia sobre Cooperación y Seguridad Europea (CSCE), en el acuerdo de Helsinki (1-VIII-1975), que regula un foro de diálogo sobre la paz y los derechos humanos entre los países europeos (incluidos los de la CEE), más la URSS, EE UU y Canadá.
En 1979 se creaba el Sistema Monetario Europeo (13-III-1979), que reformaba la Unión Monetaria y sustituía la “serpiente”: no entraban todos los países de la CEE, porque el Reino Unido se negaba (más tarde entró y salió, como otros países). Se creó una moneda de cuenta europea, el ecu, a partir de un “cesto” de las monedas europeas. El nuevo sistema demostró ser más flexible y eficaz, y estabilizó las paridades de las cotizaciones, salvo en algunas grandes crisis internacionales en que se reajustaron.
En 1979 se elegía el primer Parlamento Europeo por sufragio universal (elecciones del 7 y 10-VI-1979). Antes, cada parlamento nacional enviaba sus representantes al europeo.
Los dos grandes pasos posteriores en la institucionalización han sido el Acta Única Europea de 1986 y el Tratado de la Unión Europea de Maastricht de 1992. El primero fue una reforma sobre todo comercial (el mercado interior para 1993) y el segundo sobre todo política y económica (ciudadanía europea, unión económica y monetaria para 1999).
Estos avances fueron favorecidos por el liderazgo del dirigente europeo más conocido de los últimos años: el francés Jacques Delors, cuyos dos mandatos como presidente de la Comisión duraron desde 7-I-1985 hasta 1995, cuando fue sustituido por el luxemburgués Jacques Santer. Otros destacados europeístas en los años 80 y 90 han sido el canciller alemán Helmut Kohl (que ansiaba integrar a Alemania en un gran proyecto europeo y dejar atrás el recuerdo de pangermanismo), el presidente francés François Mitterrand (con un proyecto federal de Europa) y el presidente del gobierno español Felipe González (que veía en el proyecto europeo la palanca para la modernización española). En cambio, se debió sufrir la oposición de la primera ministra británica Margaret Thatcher, cuyo nacionalismo frenó importantes reformas económicas y sociales.

ACTA ÚNICA EUROPEA (1985).
El Acta Única fue la revisión del Tratado fundacional de Roma. Se acordó por el Consejo Europeo (28 a 29-VI-1985) y desde su vigencia (1-VII-1987) supuso un avance cualitativo sobre las anteriores políticas, abriendo la vía a la unión política, económica y monetaria, al desarrollar importantes medidas políticas, económicas y sociales:
- Mercado interior sin fronteras para 1-I-1993. Fue la reforma fundamental, y las otras fueron instrumentales para que esta se lograra.
- Más voto por mayoría, lo que agilizó la toma de decisiones por el Consejo.
- Más poderes para el Parlamento Europeo.
- Más políticas comunitarias (Medio Ambiente, I+D).
- Más política monetaria común.
- Más recursos económicos (se duplicaron) procedentes de los fondos estructurales para las regiones menos desarrolladas.
- Más política exterior coordinada.

TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA. MAASTRICHT (1992).


El Tratado de Unión Europea, de Maastricht (aprobado 10-XII-1991, firmado 7-II-1992, vigente 1-XI-1993) fue un paso político trascendental, al transformar la Comunidad Europea en la Unión Europea, con grandes avances federalistas (ciudadanía europea, Banco Central europeo, moneda única, convergencia económica), que hacen prever unos verdaderos Estados Unidos de Europa en un razonable plazo. El Tratado de Maastricht suponía una transferencia parcial de soberanía, que levantaba recelos y, así, Dinamarca lo rechazó en referéndum (2-VI-1992), por lo que el Consejo Europeo hizo varias enmiendas de flexibilidad, que sí fueron aceptadas en otro referéndum danés (18-V-1993).
Se avanzaba hacia una Unión Europea en dos ámbitos: Unión Política (UP), Unión Económica y Monetaria (UEM). Los fines que persigue el Tratado son: más democracia, más eficacia y más solidaridad. Se estableció que en 1996 habría una nueva conferencia intergubernamental (Ámsterdam) para añadir nuevas competencias comunitarias y reforzar los poderes del Parlamento Europeo.
En 1993 el gran mercado interno ya funcionaba completamente, con la libertad de movimiento de mercancías, servicios y capitales. En 1994 se creó el Instituto Monetario Europeo, futuro Banco Central Europeo (1999).
1) Política interior:
Más democracia.
Se refuerza la Unión Política mediante:
- Principio de ciudadanía de la Unión Europea: con derecho de libre residencia en toda la UE, de voto y elegibilidad a nivel municipal y europeo, protección diplomática, derecho de petición, creación de un Defensor del Pueblo de la UE.
- Aumento del control democrático con un mayor poder para el Parlamento Europeo: potestad de suspensión de directivas, disposiciones y reglamentos del Consejo Europeo.
- Principio de subsidiariedad, por el cual la Unión Europea sólo interviene en aquellas tareas que puede realizar con mayor eficacia que los Estados miembros por separado.
- Creación del Comité de las Regiones, con carácter consultivo. En él se tienen en cuenta los intereses de las distintas regiones y entidades locales de la UE.

Más eficacia.
- El Consejo de la Unión Europea decide por mayoría, reservando la unanimidad en materias especialmente sensibles.
- La Unión Europea se carga de valor político con nuevas competencias en ámbitos no exclusivamente económicos: educación, sanidad, cultura, protección de los consumidores, lucha contra la droga y el terrorismo, cooperación al desarrollo, juventud, turismo, energía, protección civil, formación profesional, las redes transeuropeas de transportes, comunicaciones y energía, Cohesión Económica y Social, refuerzo de fondos estructurales, creación del Fondo de Cohesión.
- Hacia una Unión Económica y Monetaria (UEM): Establecimiento de una moneda única (antes ecu, ahora euro) y un Banco Central Europeo, sin limitaciones a los intercambios financieros entre los bancos privados. Este proceso de unión económica y monetaria se secuencia en tres fases: 1992, 1997 y 1999 (que fue el año finalmente elegido para la moneda única). Se establecen pasos hacia una Bolsa Europea. El 1 de enero de 1993 se aplicó finalmente el Mercado Único y desaparecieron las aduanas interiores. Se establece el principio de que la Unión Económica y Monetaria fomentará una economía más próspera a través de un mayor crecimiento sostenido, que permitirá una mayor creación de empleo.
De este modo se establece una Comunidad Económica Europea (CEE) basada en: - Unión Aduanera. - Mercado Único: libre circulación de personas, mercancías, servicios y capitales. - Políticas comunitarias: Política Agrícola Común (PAC), Política Comercial, Libre Competencia, Transportes, Medio Ambiente, Investigación y Desarrollo (I+D).
- En la política de Justicia e Interior: - Normas comunes para el tránsito de personas por las fronteras exteriores. - Política de inmigración. - Lucha contra las toxicomanías. - Cooperación judicial en materia civil. - Cooperación judicial en materia penal. - Cooperación aduanera. - Lucha contra el terrorismo y el narcotráfico. - Se crea la Oficina Europea de Policía (EUROPOL).

Más solidaridad.
- Incorpora una clara dimensión social. Mayor protección social y mayores derechos para sus trabajadores.
- Refuerza la cohesión económica y social entre las regiones y los Estados miembros. Crea un Fondo de Cohesión para España, Portugal, Irlanda y Grecia.

2) Política exterior.
- Crea una política exterior y de seguridad común: una sola voz para Europa en el mundo. Europa refuerza su seguridad y camina progresivamente hacia una Defensa común en el futuro, a partir de la Unión Europea Occidental (UEO). Los objetivos son: Defensa de los valores comunes e independencia de la UE, Mantenimiento de la paz y la seguridad, Fortalecimiento e la seguridad de la UE, Fomento de la cooperación internacional, Consolidación de la democracia. Los medios son acciones comunes y el refuerzo institucional (Comisión, trío de ministros de Asuntos Exteriores, unidades militares mixtas europeas...).
- Fortalece su política de cooperación al desarrollo (la UE es el mayor colaborador del mundo, con un 54% de la ayuda internacional, seguido de EE UU con el 32% en 1996).

TRATADO DE ÁMSTERDAM (1997).
El Tratado de Ámsterdam (15-VI-1997, la primera Conferencia Institucional), consistió en una tibia propuesta de institucionalización de la UE, remarcando la subsidiariedad.
En el Tratado de Unión Europea, de Maastricht (7-II-1992) estableció que en 1996 habría una nueva conferencia intergubernamental, con sede en Ámsterdam, para añadir nuevas competencias comunitarias y reforzar los poderes del Parlamento Europeo.
En realidad, el proceso negociador fue un relativo fracaso, de modo que el Tratado de Ámsterdam (aprobado el 16 y 17-VI-1997 en la primera Conferencia Institucional y firmado en octubre de 1997, en vigor desde el 1 de mayo de 1999 tras la lenta ratificación de los Estados miembros), sexto desde la constitución de la unión europea en 1956,  consistió en una pequeña reforma del Tratado de Maastricht, en el sentido de una tibia propuesta de institucionalización de la UE, remarcando el principio de subsidiariedad, que establecía a grosso modo que las instituciones comunitarias no debían ser competentes en lo que pudieran hacer con más eficacia las instituciones nacionales, regionales y locales; se hizo un capítulo sobre el empleo, se reguló la ciudadanía europea y se reguló más estrictamente el derecho de asilo.
En realidad era un compromiso urdido por Alemania y Francia entre las posiciones más europeístas (España, Portugal, Italia, Grecia, Irlanda) y las más euroescépticas (Gran Bretaña, Dinamarca, Suecia), de modo que los países menos federalistas pudieran rechazar la entrega de competencias a la Comisión Europea y las demás instituciones paneuropeas. Así, no hubo acuerdo ni sobre la reforma de las instituciones, que era la finalidad esencial del proceso negociador de Ámsterdam, y se postergó el acuerdo sobre la ampliación al Este.
En el terreno de los principios se aprobó que los grandes retos de la UE son: conseguir una mayor estabilidad y democracia política, alcanzar una mayor prosperidad y cohesión económica y social, asentar su política de defensa y seguridad exterior, lograr la ampliación hacia los confines europeos.
En lo jurídico se replantearon las competencias de la Comisión Europea, del Consejo Europeo y del Consejo de Ministros. Se transfirieron competencias más bien simbólicas de control al Parlamento Europeo, de modo que se redujera mínimamente el llamado déficit democrático de la UE; entre aquéllas destaca que el Parlamento podía votar decisoriamente la elección del presidente de la Comisión. Lo único destacable sectorialmente fueron los tímidos avances en la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC), que consistió fundamentalmente en la posibilidad de utilización de mayoría cualificada para determinadas decisiones. Apuntemos cinco aspectos:
1) El proceso de decisión que exigía votaciones por unanimidad será ahora algo menos  vinculante. En lo sucesivo las abstenciones no impedirán la aprobación de decisiones (sistema de abstención constructiva: lo Estados que se abstienen no están obligados a aplicar la decisión, pero no harán nada para impedirlo) si el número de votos favorables es suficiente (representando una población suficiente los 2/3 de los Estados). Las “acciones comunes” serán decididas por el Consejo de Ministros de Asuntos Exteriores por mayoría cualificada. Sin embargo, cada Estado  miembro seguirá disponiendo del derecho de veto por razones que deberá exponer. Las decisiones que impliquen acciones militares exigirán siempre la aprobación por unanimidad.
2) La presidencia semestral representará a la UE en el exterior, aunque el secretario general del Consejo ejercerá las funciones de alto representante para la PESC. Podrán nombrarse “representantes especiales” para tareas específicas (el diplomático español Moratinos fue nombrado de este modo representante de la UE para Palestina).
3) Se creará la “unidad de planificación de la política y de alerta rápida”, bajo la responsabilidad del secretario general del Consejo, con la tarea de analizar cualquier cuestión de la PESC y presentar las opciones de decisiones a tomar.
4) “Las misiones humanitarias y de evacuación, las misiones de mantenimiento de paz, y las misiones de las fuerzas de combate para la gestión de las crisis, incluidas las misiones de restablecimiento de la paz” se inscriben en las competencias de la PESC.
5) Se recoge casi exactamente la formulación del Tratado de Maastricht sobre la defensa, que establece que “la PESC incluye el conjunto de cuestiones relativas a la seguridad de la Unión, incluyendo la definición progresiva de una política común de defensa (...) que podría llevar finalmente a una defensa común...”, a lo que el Tratado de Ámsterdam añade: “(...) si es que el Consejo Europeo así lo decide.” Esto implica que no será necesaria una revisión del Tratado para crear una defensa común, bastando para ello una simple decisión de los Jefes de Estado y de Gobierno.
Asimismo, en Ámsterdam se firmó el 15-VI-1997 el Pacto de Estabilidad y Crecimiento,  que suponía de facto la parte económica del Tratado, como una separata, estableciéndose duras multas a los países miembros del euro que se salten el tope máximo de déficit público a partir de 1999. A cambio, los Quince se comprometieron a luchar contra el paro, aunque España sólo aceptó unos laxos objetivos. Además, se perfiló el marco jurídico de utilización del euro, el principio de  continuidad de los contratos y se aprobaron las futuras monedas acuñadas en euros.

TRATADO DE NIZA (2000).

El 11 de diciembre de 2000 se aprobó en una cumbre el Tratado de Niza.

Se establece un nuevo reparto de poder en las instituciones, teniendo en cuenta la previsible ampliación al Este en 2004-2006, al pasar de 15 a 27 Estados:
Se amplían los votos en el Consejo de Ministros, hasta un total de 345, manteniéndose la igualdad entre los grandes, con un reparto de 29 (antes 10) votos para Alemania, Francia, Gran Bretaña e Italia; 27 para España y Polonia; 14 para Rumanía; etc., hasta 3 Malta. El resultado favorece a los países más poblados, que padecen un menor desequilibrio que antes. España pasa de 8 a 27, con lo que es el país más beneficiado en este apartado.
Se establecen, aparte del anterior, de mayoría de votos del Consejo de Ministros, dos nuevos quórums de bloqueo: primero, una mayoría simple de estados;  y segundo, la “cláusula de verificación demográfica”, una minoría del 38% de la población, lo que favorece a Alemania, el país más poblado (17,05% de la población de la UE), aunque ésta no consiguió más votos que los otros grandes, como proponía en primer término.
Se aumenta el número de eurodiputados en el Parlamento Europeo, de 700 antes a 732 ahora, con 99 para Alemania, 72 Gran Bretaña, Francia e Italia, 50 España y Polonia, 33 Rumanía, etc., hasta los 5 de Malta.
Se reduce el número de temas que pueden ser vetados por un Estado, hasta unos 20. Se establecen así mayorías cualificadas en temas como la elección del presidente de la Comisión y el míster PESC, en cohesión, comercio exterior, justicia e interior, materia social, etc.
Se establecen “cooperaciones reforzadas”, para garantizar que varios países puedan avanzar en determinados temas, aunque otros bloqueen o veten las propuestas. Es la Europa de “varias velocidades”, como ya ocurrió con el euro o el espacio Schengen de eliminación de fronteras.
Queda pendiente una reforma profunda de la Comisión Europea, habiéndose aprobado que cada país tenga un comisario nacional, hasta un máximo de 27, aunque los países “grandes” se reservan las carteras más importantes. Por ello, se convocó en el 2004 una nueva cumbre, para reformar las instituciones, y establecer las respectivas competencias de la UE, los países y las regiones.
Se aprueba la Carta de Derechos, aunque no se incluye en el Tratado, por lo que no se valora como parte de una futura Constitución.

LA CONVENCIÓN EUROPEA (2003).
En 2003 la Convención Europea, después de años de trabajos, aprobó una propuesta de Constitución de Europa para un posterior consenso entre los Estados, para adaptar la UE a la ampliación a 25 Estados que se produjo en 2005. Los puntos fundamentales serían:
-Presidente del Consejo Europeo.
- Ministro europeo de Asuntos Exteriores.
- Fronteras inviolables.
- Cláusula de solidaridad.
- Núcleo de Defensa, con un grupo aparte de países.
- Cláusula de salida, después de negociación.
- Fórmula de voto: mayoría del 60% de la población.
- Recorte al veto: aumentan de 34 a 70 el número de temas sin veto. Persiste el veto en política exterior, fiscalidad y seguridad social.
- Comisión restringida: 14 comisarios, con rotación igualitaria entre todos los Estados.

LA ACTUALIDAD.
En 2015 había 28 Estados en la UE tras la entrada en julio de 2013 de Croacia.
Debido a la presión de la crisis económica desencadenada en 2008, el 9-XII-2011 se aprobó, sin Gran Bretaña, una reforma fundamental para reforzar el euro y la política económica común, con un control presupuestario para evitar los déficits excesivos, que implicarían sanciones automáticas.
En 2016 el Reino Unido votó en referéndum a favor de la salida de la UE, el Brexit, que fue efectivo el 31 de enero de 2020, reduciendo así a 27 los países.

1.6. LOS RETOS DE LA UNIÓN EUROPEA.
Los grandes retos de la UE son: conseguir una mayor estabilidad y democracia política, alcanzar una mayor prosperidad y cohesión económica y social, asentar su política de defensa y seguridad exterior, lograr la ampliación hacia los confines europeos.

LA DEMOCRATIZACIÓN.
Conseguir una mayor estabilidad y democracia política es complicado por las diferencias entre los Estados miembros y la compleja expansión hacia el Este y el Mediterráneo.
Un gran problema de futuro de la UE es el déficit democrático: los órganos de gobierno comunitario no gozan de una suficiente participación directa de los ciudadanos europeos. Es una democracia excesivamente indirecta y distante.
Una prueba de que el control democrático se abre paso en la UE fue la dimisión en bloque de la Comisión Europea, presidida por Jacques Santer, el 16 de marzo de 1999, por las acusaciones de corrupción, negligencia, nepotismo, etc., sobre varios de los comisarios.

LA COHESIÓN SOCIAL Y ECONÓMICA.
Alcanzar una mayor prosperidad económica y social es difícil en un mundo en vertiginoso cambio económico, con una redistribución de la división de trabajo internacional, con un paro estructural muy elevado. La UE dobló su desempleo entre 1980 y 1996, desde el 5% al 10%, y en la crisis iniciada en 2008 ha doblado el paro hasta alcanzar el 12%.

La política económica de la integración.
Los países que se integran en la UE o, ya dentro de ella, en el euro, se caracterizan por desarrollar una política económica ortodoxa:
- Privatización de las empresas públicas y liberalización de los mercados protegidos.
- Control de la inflación.
- Recorte del gasto público.

EL EURO.
La Unión Económica y Monetaria: el euro.
La Unión Monetaria sufrió las turbulencias financieras de los años 90 y se ha relajado, dentro del duro proceso de convergencia a la moneda única en 1999.
La Unión Económica y Monetaria (UEM), en principio suscrita por 11 países, logró que en enero del 2002 hubiera una moneda única, el euro. Los países participantes tuvieron que mantener una política económica de sostenibilidad de los criterios de convergencia en inflación, tipos de interés, déficit público, deuda pública y tipo de cambio. En 1999 los países fijaron su paridad respecto al euro y en el 2002 se sustituyeron sus monedas. Por contra, Gran Bretaña, Dinamarca y Suecia no se han integrado en el euro.
En la “cumbre del euro”, celebrada en Bruselas el 1 a 3-V-1998, se aprobaron oficialmente la lista de socios, la composición de las instituciones, el Comité Ejecutivo del Sistema Europeo de Bancos Centrales (SBCE) y el Banco Central Europeo (BCE) y la paridad de las monedas con el euro.
El calendario fue:
1 junio 1998: constitución en Frankfort del Banco Central Europeo (BCE), que gestionará la política monetaria europea desde el 1 enero 1999.
31 diciembre 1998: se acuerda la paridad de cambio del euro respecto a las monedas nacionales.
1 enero 1999: el euro se convierte en la moneda única de 11 países de la primera ronda de la UEM. Los ciudadanos podrán abrir cuentas y hacer pagos y cobros en euros, pero de facto seguirán utilizando las monedas nacionales.
1 enero 2002: la moneda del euro comienza a ser utilizada materialmente, en combinación con las nacionales, que serán retiradas de circulación.
1 julio 2002: el euro es la única moneda legal.
El euro introduce problemas: la diversidad de las estructuras económicas, sociales y jurídicas de los países de la UE supone respuestas diversas a las cíclicas crisis económicas, mientras que los ajustes ya no podrán hacerse mediante devaluaciones competitivas, sino con ajustes en el empleo, los salarios, el gasto social... Por ejemplo, Portugal depende en un 70% del petróleo y la media europea es sólo del 40%, con lo que una crisis petrolífera recaería más sobre ese país. ¿La solución? Una mayor integración de la política institucional y económica, un verdadero gobierno federal europeo, que redistribuya los recursos y que tenga poder político y económico para redistribuir la riqueza (como en EE UU) en caso de crisis local. Es el choque entre dos ideas económicas liberales: el laissez-faire del neoliberalismo y el intervencionismo keynesiano.

LA POLÍTICA EXTERIOR.
La política de defensa y seguridad.
Se apuesta por una Europa unida que realce el poder del conjunto en un mundo globalizado en el que se está superando el marco estatal para llegar a los marcos supraestatales como forma de competir en todos los ámbitos. Destaca la necesidad de una independencia en la política exterior y de defensa.
- En la defensa, cabe mantener la OTAN pero habrá que reforzar la Unión Europa Occidental, que ha sido ineficaz en las guerras del Golfo y de la antigua Yugoslavia, para actuar dentro o fuera de Europa.

LA AMPLIACIÓN HACIA EL ESTE.
La ampliación.
Hay que ampliar la UE hasta los límites de Europa, integrando pueblos de distintas lenguas, religiones, costumbres... Hay que afrontar el reto de la futura ampliación hacia el Este, hasta llegar en el horizonte del 2013 a los 28 Estados miembros, lo que exige con mayor urgencia una verdadera revolución institucional, yendo hacia el federalismo.
La ampliación es difícil, pues casi todos los países candidatos presentan graves problemas políticos, económicos y sociales.
En la cumbre de Copenhague de 13-XII-2002 se aprobó la propuesta de entrada el 1-V-2004 de diez candidatos: Polonia, República Checa, Eslovaquia, Hungría, Eslovenia, Lituania, Letonia y Estonia; más los mediterráneos Chipre y Malta. El 1-V-2004 se celebraron elecciones europeas en los 25 Estados y el 1-XI-2004 entró en funciones el Consejo Europeo de 25 miembros. En 2007 entraron Bulgaria y Rumanía. Croacia se integrará el 1-VII-2013. Además de Turquía otros países con los que se negocia son Albania, Macedonia y la confederación de Serbia y Montenegro, más tres de la antigua URSS, en concreto Moldavia, Ucrania y Bielorrusia. Por otra parte hay acuerdos de asociación, no de adhesión, con Suiza, Noruega e Islandia.
La mayoría cree que el nuevo reto de esta ampliación es beneficioso para Europa como lo fueron las anteriores ampliaciones, que en todos los casos comenzaron como un aumento cuantitativo y terminaron con un paso adelante cualitativo al tener que responder las instituciones comunitarias a nuevos problemas.

2. INSTITUCIONES COMUNITARIAS.
Las sedes de las instituciones comunitarias se reparten principalmente entre Bruselas, Estrasburgo y Luxemburgo, aunque muchas sedes de instituciones menores se localizan en otras ciudades y está prevista una dispersión aún mayor. Cuenta con embajadores en la mayoría de Estados del mundo. Por orden de importancia institucional conforman la UE las siguientes instituciones:

CONSEJO EUROPEO.
El Consejo Europeo (creado en 1974) es el máximo órgano de poder, integrado por los Jefes de Estado o de Gobierno (según las fórmulas constitucionales de los diversos regímenes políticos), cuya función es la dirección política general, resolver los problemas del Consejo de Ministros, supervisar y moderar la labor de las instituciones. Las decisiones se toman según varios métodos, de acuerdo a la importancia de los temas: por unanimidad de los países miembros, por mayoría simple o por mayoría cualificada (lo más común). Se reúne (al menos dos al año) en los países que presiden rotatoriamente la Unión Europea, en las llamadas “cumbres europeas”.

PARLAMENTO EUROPEO.

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El Parlamento Europeo reside en Estrasburgo (Plenario) y Luxemburgo (Secretaría general), con reuniones de comisiones en Bruselas.
Es el órgano legislativo, participando en la elaboración de las directivas y reglamentos comunitarios, junto al Consejo de Ministros. Sus competencias han sido ampliadas por los Tratados de Maastricht y Ámsterdam. Controla al ejecutivo (la Comisión Europea), modifica y aprueba la legislación (aunque con escaso poder vinculante), examina la gestión de la Comisión, los presupuestos, etc. Tiene poder de codecisión con el Consejo de Ministros en varios temas (de índole social la mayoría) y de ratificación de acuerdos internacionales. Se reúne una semana al mes.
Está integrado por diputados elegidos por sus propios Estados por sufragio universal directo cada cinco años. En el Parlamento se hace una adscripción ideológica. Los dos mayores grupos son el socialista y el demócrata cristiano.

CONSEJO DE MINISTROS.
El Consejo de Ministros de la Unión Europea, con sede en Bruselas, es el principal órgano de Gobierno de la UE.
Está presidido de modo rotativo (cada seis meses) por el jefe de Gobierno de cada Estado, asistido por un secretario.
En realidad nunca se reúnen todos los ministros, sino que lo hacen en Consejos de Ministros especializados, según el tema del orden del día: Asuntos Exteriores, Interior, Justicia, Agricultura, Industria, Transportes, Sanidad, Cultura, Medio Ambiente, etc. Se vota de acuerdo a un número de votos proporcional a la importancia del país. Tiene un poder casi legislativo (sobre todo con las directivas), que comparte con el Parlamento. El más destacado de estos grupos es el llamado Ecofin o Consejo de Ministros de Economía y Finanzas de la Unión Europea, que tiene importantes competencias en el actual proceso de integración económica y monetaria.

COMISIÓN EUROPEA.
La Comisión Europea, con sede en Bruselas, es el órgano presidencial, con la función de vigilar la aplicación de los tratados y coordinar las demás instituciones.
Se estructura con una presidencia, vicepresidencias y comisarios adjuntos elegidos por 5 años por los gobiernos nacionales, y se organiza en direcciones generales según los sectores.
Sus competencias se extienden a numerosos temas: migraciones, cohesión económica y social, investigación y desarrollo, cultura, o redes de comunicaciones transeuropeas. Presenta propuestas legislativas al Consejo de Ministros y asegura la puesta en marcha de las decisiones. Ostenta un gran poder en la dirección de políticas comunes.

TRIBUNAL DE JUSTICIA.
La Corte de Justicia de la Europa Comunitaria, con sede en Luxemburgo, se divide en dos órganos:
- La Corte Suprema, integrada por magistrados, con jueces y abogados generales, con las funciones de verificar la compatibilidad con los Tratados de los actos de las instituciones europeas y los Gobiernos, y de pronunciarse sobre la interpretación o validez de las disposiciones de Derecho comunitario.
- El Tribunal de Primera Instancia, formado por magistrados, con competencias sobre los contenciosos de carácter administrativo y de los litigios de competencia entre la Comisión y las empresas. Su Jurisprudencia prevalece sobre los tribunales nacionales. El Tribunal puede actuar a petición de una institución comunitaria, un gobierno o un particular.

OTROS ÓRGANOS DE APOYO.
Tribunal de Cuentas
Con sede en Luxemburgo, creado el 22 de julio de 1975. Se llamaba antes Corte de Auditores de las Comunidades Europeas. Es un órgano consultivo, con miembros elegidos por seis años por el Consejo de Ministros. Son expertos jurídicos en materias políticas y económicas, cuya función es controlar la legalidad y viabilidad de la gestión financiera y emitir dictámenes encargados por el Consejo de Ministros. Actualmente ha extendido su función a verificar los ingresos y gastos de la UE, con un informe anual.
Banco Europeo de Inversiones
Con sede en Luxemburgo, tiene funciones de un Banco Central Europeo, para regular las relaciones financieras entre los distintos Bancos Centrales y promover una política monetaria común a medio plazo, en la perspectiva de implantar una moneda única, el ECU.
Comité Económico y Social
Un consejo de miembros que representan a los diferentes estamentos de la vida económica y social, con funciones de consulta obligatoria sobre numerosas decisiones del Consejo de Ministros y propuestas de la Comisión y de emitir dictámenes por propia iniciativa.
Comité de Regiones
Creado el 10 de marzo de 1994, compuesto por miembros. Tiene carácter consultivo del Consejo de Ministros, para aquellas decisiones de la Unión relativas a cuestiones de su competencia: educación, cultura, comunicación audiovisual, regiones...
Oficina Consultiva
Con sede en Bruselas, es un órgano especializado en armonizar legislaciones nacionales, a solicitud del Consejo de Ministros.
Comité Consultivo para la CECA
Con función de consulta sobre los asuntos del sector del carbón y del acero. Representa a los sectores de empresarios, trabajadores, usuarios, etc.

BIBLIOGRAFÍA.
Internet.
[www.europa.eu] Web oficial de la UE, con abundante información.

Blogs. Para la actualización de datos y fuentes.
HMA 2. Europa. Reino Unido. Política. Dosier: El ‘Brexit’ y la relación Reino Unido-Unión Europea.* [https://iessonferrerdgh1e07.blogspot.com/2017/03/el-brexit-y-la-relacion-reino-unido.html]
HMA 2. Unión Europea. Política. Dosier: Los grupos políticos europeos.*

Libros.
AA.VV. El Mercado Común. Cuadernos de Historia 16. Nº 37. Madrid. 1985.
Abejón, Manuel; et al. La Europa de los Doce. Salvat. Col. T.C. Madrid. 1986.
Alonso, Antonio. España en el Mercado Común. Del acuerdo del setenta a la Comunidad de los Doce. Madrid. 1985.
Mammarella, G. Historia de la Europa Contemporánea. Ariel. Barcelona. 1990.
Oreja Aguirre, Marcelino (dir.). Fonseca, Francisco (coord.).  El Tratado de Ámsterdam. Análisis y comentarios. Editorial McGraw Hill / Fundación BBV. Madrid. 1998.
Tamames, Ramón. Formación y desarrollo del Mercado Común Europeo. Iber-Amer. Madrid. 1964. Sobre los inicios de la UE.

PROGRAMACIÓN.
OP UD 54. LA CONSTRUCCIÓN DE LA COMUNIDAD EUROPEA.
UBICACIÓN Y SECUENCIACIÓN.
BACHILLERATO, 1r curso. Historia del mundo contemporáneo. Apartado 4. El mundo desde 1945. La evolución económica y política en el mundo desarrollado. Cambios políticos y nuevas instituciones en Europa Occidental.
RELACIÓN CON TEMAS TRANSVERSALES.
Relación con los temas de Educación Moral y Cívica, Educación para la Paz, Educación Ambiental, Educación del Consumidor.
TEMPORALIZACIÓN.
Cinco sesiones de una hora.
1ª Documental; diálogo. Exposición del profesor.
2ª Exposición del profesor.
3ª Exposición del profesor, de refuerzo y repaso; esquemas y comentarios de textos, gráficos, mapas.
4ª Comentarios de textos; debate de grupo y síntesis.
5ª Debate de clase entre los grupos; refuerzo y conclusión por el profesor.
OBJETIVOS.
Conocer el proceso de creación de la UE.
Sintetizar el proceso de creación de la UE.
Realizar esquemas (mapas conceptuales) de las instituciones.
Valorar críticamente los aspectos positivos y negativos del proceso de creación de la UE.
Dialogar sobre la identidad comunitaria de los ciudadanos europeos.
Buscar y seleccionar información sobre la UE en los medios de comunicación y organismos públicos.
Analizar la información sobre la UE en los medios de comunicación y organismos públicos.
CONTENIDOS.
A) CONCEPTUALES.
El proceso histórico de creación de la UE.
Las instituciones de la UE.
Los problemas del presente y del futuro en la construcción de la UE.
B) PROCEDIMENTALES.
Tratamiento de la información: realización de esquemas, líneas de tiempo y mapas del tema.
Explicación multicausal de los hechos históricos: en comentario de textos.
Indagación e investigación: recogida y análisis de datos en enciclopedias, manuales, monografías, artículos...
C) ACTITUDINALES.
Rigor crítico y curiosidad científica.
Tolerancia y solidaridad.
Interesarse por nuestra comunidad supranacional.
Dialogar sobre la identidad nacional y europea.
METODOLOGÍA.
Metodología expositiva y participativa activa.
MOTIVACIÓN.
Un documental sobre el proceso de creación de la UE.
ACTIVIDADES.
A) CON EL GRAN GRUPO.
Exposición por el profesor del tema.
Debate de clase sobre el euro.
B) EN EQUIPOS DE TRABAJO.
Realización de una línea de tiempo sobre el proceso.
Realización de esquemas de la UD.
Comentarios de textos sobre los primeros europeístas, el Consejo de Europa (1949), el Tratado de Roma (1957) y los siguientes tratados de la UE, artículos con distintas valoraciones sobre la UE...
Una actividad esencial en la programación será un trabajo de investigación sobre la Unión Económica y Monetario, con la aparición de la moneda única, el euro y del Banco central Europeo: calendario, paridad, ventajas e inconvenientes, dossier de prensa y documentación, mural, debate... Se realizará por cada grupo, para favorecer la indagación, el debate, el manejo de la prensa y de la documentación de la UE...
C) INDIVIDUALES.
Realización de apuntes esquemáticos sobre la UD.
Participación en las actividades grupales.
Búsqueda individual de datos en la bibliografía, en deberes fuera de clase.
Contestar cuestiones en cuaderno de trabajo, con diálogo previo en grupo.
RECURSOS.
Presentación digital (o transparencias, diapositivas, mapas).
Libros de texto, manuales.
Fotocopias de textos para comentarios.
Cuadernos de apuntes, esquemas...
Documental.
EVALUACIÓN.
Evaluación continua. Se hará especial hincapié en que se comprenda la relación entre los procesos de democratización y modernización de España y el proceso de unión europea, y en que este nos afecta directamente a todos los ciudadanos.
Examen incluido en el de otras UD, con breves cuestiones y un comentario de texto.
RECUPERACIÓN.
Entrevista con los alumnos con inadecuado progreso.
Realización de actividades de refuerzo: esquemas, comentario de textos...
Examen de recuperación (junto a las otras UD).

2 comentarios:

Anónimo dijo...

¿No sería el punto 1.3. Los tratados de Roma de 1957?. Saludos y felicitaciones por el trabajo realizado.

Anónimo dijo...

Si es así