La elección de los cargos locales en Europa se rige por
normas democráticas pero muy diferentes, adaptadas a sus tradiciones
electorales.
Un artículo de redacción, Europa
elige así a sus alcaldes [“El País” (20-VIII-2014)] explica:
‹‹La propuesta de Mariano Rajoy para que gobierne la
lista más votada en los municipios españoles, aunque no tenga mayoría absoluta,
ha levantado ampollas en España. Los socialistas se han apresurado a calificar
la iniciativa de "trampa", del PP para asegurarse las alcaldías en
las próximas elecciones de 2015 ante una previsible debacle electoral de la
formación conservadora. En el resto de Europa el abanico de posibilidades es
acorde con la tradición electoral de cada país. Estos son algunos ejemplos de
cómo se eligen los alcaldes del continente.
Italia tiene 8.000 ayuntamientos. En los municipios con menos de 15.000
habitantes (menos de 10.000, en Sicilia), la elección de los alcaldes es
directa: en la papeleta salen los nombres de todos los candidatos y el votante
pone una cruz sobre el que quiere que administre el pueblo. Quien tiene más
votos sale elegido. Cada candidato puede ser sostenido por una o más listas,
que no siempre coinciden con los partidos nacionales.
Los símbolos de las formaciones que sostienen a cada
candidato alcalde están impresos en la papeleta al lado del nombre
correspondiente. El elector puede también marcar el logo de la lista o partido
que quiere votar. De esta forma, el voto, además que para el alcalde, sirve
también para definir la composición de las futuras junta y asamblea municipal.
Hasta puede escribir dos nombres de personas que quiere como concejales.
El alcalde ganador tiene derecho a que su bando ocupe
el 60% de los escaños de la asamblea. El 40% restante queda en manos de la
oposición. En los dos bloques, los puestos se dividen entre los partidos de
forma proporcional: la lista con más votos tendrá a más concejales, la con
menos, tendrá menos.
Las elecciones se llevan a cabo más o menos de la
misma forma en los Ayuntamientos con más de 15.000 habitantes. Cada lista o
partido decide con antelación por qué persona apostar. Los electores pueden
votar solo para el alcalde (poniendo la cruz sobre el candidato que prefieran)
o también para la asamblea municipal (poniendo la cruz sobre el símbolo de un
partido o incluso escribiendo los nombres de quien desean que salgan elegidos,
lo que se llama "preferencia").
Si se vota para el partido, automáticamente el voto se
contabiliza para el candidato a alcalde sostenido por aquel partido. No hay
sorpresas sucesivas a las elecciones. La diferencia con los ayuntamientos con
menos de 15.000 habitantes, es que en los municipios con población superior, si
ningún candidato alcanza la mitad de los votos más uno, se celebra una segunda
votación entre los dos candidatos más votados. Entonces sí, en las dos semanas
que transcurren entre las dos rondas electorales, se consuman acuerdos y
alianzas: los partidos o listas que ven 'eliminado ' a su candidato, suelen
expresarse a favor de uno de los dos contrincantes que quedan. Pero en la urna,
cada elector vuelve a decidir.
En Alemania
no existe una ley única que regule el proceso electoral en las elecciones
municipales, ni tampoco hay una ley que impida las alianzas para gobernar en
los Ayuntamientos.
En 12 estados federados, el alcalde es elegido por
mayoría absoluta y, si ningún candidato obtiene ese resultado en la primera
vuelta, los dos candidatos más votados tienen que ir al balotaje (segunda
vuelta) donde les bastará la mayoría simple. Este sistema alienta pactos
políticos, como sucedió no hace mucho en la ciudad de Múnich, donde el
candidato del SPD a la alcaldía recibió los votos de Los Verdes.
En otros cuatro estados, los alcaldes son elegidos por
los parlamentos locales, una medida que favorece las alianzas políticas para
elegir al futuro alcalde. Tienen derecho a voto en las elecciones municipales
los alemanes y ciudadanos de la UE que hayan cumplido 18 años. En ocho estados
federados se permite votar con 16 años. Las elecciones tienen lugar cada
cuatro, cinco o seis años, según cada Estado.
En el caso de Francia
las elecciones municipales son una combinación entre los comicios mayoritarios
a dos vueltas y unos proporcionales. Los electores votan por unas listas que deben
respetar la paridad de forma alternativa (nombre de mujer/hombre). Las listas
que logran más del 50% de los votos (con la participación de más del 25% de los
inscritos) se hacen con la mitad de los puestos de consejeros municipales, una
modalidad denominada “prima mayoritaria", y el resto se reparte de forma
proporcional entre esa misma lista y las siguientes que hayan logrado más del
5%. En caso de no alcanzar ninguna lista la mitad de los votos, lo más
frecuente, se celebra una segunda vuelta en la que pueden mantenerse las que
obtienen más del 10% de los sufragios en primera, y pueden fusionarse las que
obtienen más del 5%. De nuevo, la lista vencedora en segunda vuelta obtiene la
mitad de los escaños y comparte el resto de forma proporcional.
En las localidades de menos de 1.000 habitantes, unas
26.930 en las pasadas elecciones de marzo de este año, el sistema es
ligeramente diferente: los electores votan directamente al candidato a
consejero municipal. Los candidatos con más de la mitad de los votos son
elegidos en primera vuelta y la segunda vuelta acceden al puesto los más
votados.
El sistema es también diferente y algo más complicado
en las tres grandes ciudades de París, Lyon y Marsella, parecido al sistema de
los grandes electores en las presidenciales estadounidenses. Las reglas son las
mismas que para las localidades de más de 1.000 habitantes pero los electores
votan por listas locales por distritos, cada uno de los cuales tienen atribuido
un número de escaños de consejeros municipales en función de su peso
demográfico.
El sistema electoral en el Reino Unido, tanto en lo que concierne a las municipales como a las
legislativas, es nítidamente mayoritario: “el primero que llega, gana”, esto
es, se impone el candidato más votado con independencia de que tenga o no
mayoría absoluta. En el caso concreto de los comicios locales, los electores
deciden entre uno y tres nombres, según las circunscripciones, y el aspirante o
aspirantes salen elegidos a tenor del número de sufragios obtenidos.
La cultura política británica considera esencial
salvaguardar el vínculo directo entre los representantes electos y sus
votantes. Hace dos años, los ciudadanos se pronunciaron en contra de una
reforma del sistema electoral que se utiliza en los Comunes. La propuesta sometida
a referéndum, el llamado voto alternativo, contemplaba el derecho de los
electores de ordenar a varios o todos los candidatos de sus circunscripciones
de acuerdo con sus preferencias. Los liberal-demócratas, coaligados con los
conservadores en el gobierno, lo consideraban un primer paso hacia la
implantación a la larga de un sistema proporcional. El rechazo de los votantes
fue contundente.››
FUENTES.
General.
Noticias. Orden cronológico.
Grasso, D.; Gómez, M. V. El PSOE gestionará el 70% del presupuesto de diputaciones y gobiernos insulares. “El País” (15-VII-2019).
González, J. S.; Marcos, J. Los alcaldes se rebelan por el plan de Hacienda para usar sus ahorros. “El País” (24-VII-2020).
González, J. S. Los Ayuntamientos incurrirán en el primer déficit en casi una década. “El País” (24-VII-2020).
Análisis y
opiniones.
Editorial. ¿Eliminar o reformar? “El País” (19-VIII-2011). El debate sobre eliminar o reformar Diputaciones y Ayuntamientos.
Editorial. Un plan racional. “El País” (3-I-2013) 30. La reforma de las administraciones locales debe integrarse en la de la administración.
La Reforma Local
Noticias.
Fernández, María. La reforma local se estanca por el miedo del PP a perder apoyo electoral. “El País” (5-V-2013) 18.
Agencias. Alcaldes de todos los partidos, salvo el PP, contra la reforma local. “El País” (14-X-2013) 14.
Fernández, María. El PP impone la reforma que recorta 3.500 millones en servicios locales. “El País” (18-X-2013) 15.
Fernández, María. Más poder para las Diputaciones. “El País” (18-X-2013) 15.
Fernández, María. El Consejo de Estado cuestiona la constitucionalidad de la ley municipal. “El País” (30-V-2014) 19.
Editorial. Reformar sin dinero. “El País” (19-X-2013) 26. El Gobierno pretende una reforma local que cerraría muchos servicios sociales importantes. Ahorrar mediante el abandono de los más desfavorecidos.
García Fernández, Javier. La ruptura del consenso electoral. “El País” (2-IX-2014) 27-28. El proyecto del PP para la elección de alcaldes es inconstitucional.
Papell, Antonio. El error municipal. “Diario de Mallorca” (16-X-2013) 30. La reforma que planea el Gobierno es retrógrada en democracia, porque aleja esta de los ciudadanos, e ineficaz porque reduce la cercanía a la población y favorece las diputaciones, un escalón ineficaz en el gasto público.
Vidal-Folch, Xavier. Golpe de mano centralista. “El País” (6-VIII-2013) 25. Critica que la propuesta de reforma local del Gobierno es un giro centralista.
Zafra Víctor, Manuel. Esta reforma local empobrece la democracia. “El País” (1-VIII-2013) 27-28.
Diputaciones.
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